jueves, 23 de octubre de 2008

Ya hay ley antitabaco en la provincia de Buenos Aires

Argentina - Con modificaciones, la norma fue aprobada ayer; establece que los locales deberán tener lugares separados para fumadores y no fumadores.
Tras un periplo de varios meses, la provincia de Buenos Aires ya tiene su "ley antitabaco", aunque se trata de una versión atenuada de lo que los diputados se proponían a aprobar, ya que las comisiones de Salud y Prevención de las Adicciones de la Cámara baja habían introducido modificaciones al proyecto original, aprobado por los senadores, para lograr una ley más estricta.
La nueva ley fue tratada y sancionada a última hora de ayer por ambas Cámaras legislativas, luego de dos intentos fallidos de tratar el proyecto en Diputados. Estas demoras alimentaron las sospechas lanzadas por legisladores de la oposición que sugirieron que la "presión" de las tabacaleras frenó su tratamiento durante varias semanas y hasta por el ministro de Salud de la provincia, que había dicho que el "lobby" legislativo de las empresas del sector es algo habitual.
El proyecto aprobado por los senadores a principios de año, y redactado por Julio Salemme, establecía la prohibición de fumar en edificios públicos y un régimen de espacios compartidos (un sector para fumadores y otro para no fumadores) en bares, restaurantes y otros locales privados de acceso público. Pero, en los meses subsiguientes, las comisiones de Salud y de Prevención de las Adicciones de la Cámara de Diputados le introdujeron modificaciones que lo hacían más estricto. La principal: disponer que incluso los locales privados sean "100% libres de humo".
Sin embargo, diputados y senadores bonaerenses del Frente para la Victoria se reunieron y acordaron que el proyecto no se aprobaría en esa forma, sino que se volvería al esquema de espacios compartidos. Es lo que finalmente sucedió: hoy, ambas Cámaras aprobaron una ley que permite a los dueños de bares y restaurantes dividir los locales en espacios para fumadores y para no fumadores, bajo ciertas condiciones que deberá establecer una reglamentación del Poder Ejecutivo. Quedan exceptuadas las "salas de entretenimiento" habilitadas cuya superficie cubierta supere los 400 metros cuadrados, una medida que en principio beneficiaría a los locales de juegos de azar, aunque también será el eventual decreto reglamentario el que determine si otro tipo de locales, como los boliches bailables, caen dentro de esa definición.
Fuente: lanacion

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