jueves, 9 de octubre de 2008

Ordenan al Hipódromo de Palermo a indemnizar a un cliente

Argentina - La Cámara Civil porteña obligó a la empresa a cubrir los gastos que sufriera un vehículo mientras estaba guardado en el estacionamiento gratuito del lugar.
La Cámara Civil porteña ordenó al Hipódromo Argentino de Palermo indemnizar a un cliente por los daños que sufrió su vehículo luego de haberlo dejado guardado en el estacionamiento gratuito del lugar.
Así lo decidió la Sala L del Tribunal al confirmar un fallo de primera instancia por el hecho que tuvo lugar el 3 de enero de 2004, cuando el demandante concurrió con su vehículo Ford Explorer, el cual dejó en el estacionamiento gratuito del Hipódromo.
"No está discutido que el accionante ingresó a la playa de estacionamiento de la demandada con su vehículo donde un empleado del valet parking estacionó el mismo sobre una pendiente y para evitar su desplazamiento dejó el cambio de la velocidad puesto", relata el fallo que publicó la agencia NA.
"Posteriormente, cuando el actor quiso retirarse del establecimiento, personal de la demandada le informó que un empleado fue a buscar el vehículo y al accionar el botón del llavero -pensando que así desactivaba la alarma- se encendió el motor de la camioneta que marchó hacia delante y embistió a otro automotor", añadió el fallo.
Al desestimar el argumento de la demandada, los camaristas Marcela Pérez Pardo, Víctor Liberman y Rebaudi Basavilbaso consideraron que el carácter gratuito del estacionamiento del lugar "constituye una prestación accesoria complementaria de la actividad principal a la cual se dedica la accionada".
"Quien se sirve del estacionamiento como medio para atraer personas a sus instalaciones, debe brindar un servicio adecuado, eficiente y seguro", sostuvieron, y ratificaron que existió "un vínculo contractual, mediante el cual la demandada ejerce la guarda y custodia de los vehículos, y se obliga a su posterior restitución".
Por último, ratificaron que "el hecho de que el control para el encendido estuviera acompañando las llaves que dejó el accionante, así como los otros argumentos que intenta hacer valer la accionada, resultan irrelevantes, cuando la causa determinante del accidente fue el erróneo actuar del personal".
Así, confirmaron el fallo de primera instancia y ordenaron que se indemnice al demandante por los daños provocados a su vehículo, aunque el monto de la misma no fue especificado.
Fuente: infobaeprofesional

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