domingo, 5 de octubre de 2008

Impedir que la Municipalidad controle las máquinas tragamonedas sería...

Argentina - El abogado Antonio María Hernández afirmó que tanto la Constitución Nacional como la Provincial avalan a la Municipalidad de Río Cuarto para que regule el modo de funcionamiento de las máquinas tragamonedas. No obstante, el reconocido constitucionalista cordobés, dijo que el estado local no logrará evitar un largo litigio en los tribunales judiciales.
QUIEN ES ANTONIO MARIA HERNANDEZ
Abogado cordobés. Doctor en derecho y ciencias sociales. Diplomado en "Administración Municipal y desarrollo rural". Integrante de la Academia Nacional de Derecho. Tres veces convencional constituyente en las reformas de la Constitución Nacional (1994), Provincial (1987) y Municipal (1995). Docente de la Universidad Nacional de Córdoba.
La Municipalidad de Río Cuarto tiene atribuciones avaladas por la Constitución Nacional y también por la carta magna provincial para establecer controles y regulaciones en el funcionamiento del juego en jurisdicción de la ciudad. Lo aseguró Antonio María Hernández, especialista en derecho público, en diálogo con Telediario Digital.
Hernández consideró que, "aunque la Constitución de la provincia establece que el poder de policía en relación a la autorización y a la represión de juegos de azar corresponde a la Legislatura de la Provincia porque así está dispuesto en la Constitución Provincial en el artículo 104, inciso 39, yo sostengo que hay que hacer una interpretación sistemática de la Constitución Provincial , que incluso también hay que analizar la Constitución Nacional en relación al alcance del poder de policía municipal".
Para el constitucionalista no existen dudas que la Constitución de la Provincia en el artículo 186, que regula la competencia de los mismos, en el inciso 7 reconoce un amplio ejercicio en el poder de policía municipal en todo lo que sea seguridad, salubridad y moralidad. Además la Constitución Nacional en el artículo 75 inciso 30 reconoce el ejercicio del poder de policía tanto municipal como provincial en los establecimientos de utilidad nacional siempre que no se afecte la finalidad propia del establecimiento.
De esta manera, el Concejo Deliberante de Río Cuarto, que podría aprobar esta semana la ordenanza que limita en días y horas el funcionamiento de las máquinas tragamonedas, tendría fundamentos constitucionales para hacerlo y así defender la autonomía de la Municipalidad para ejercer el poder de policía sobre la actividad lúdica.
-¿Hasta donde llega la autonomía de la Municipalidad, cuál es límite?
- Es evidente que ahí hay que hacer un deslinde de competencia, hay que alcanzar los acuerdos que sean necesarios, pero yo sostengo que no se puede obviar la competencia municipal en el ámbito respectivo. Por ejemplo en el tema de salubridad, no hay ninguna duda que frente a alguna de las consecuencias que se pueden producir por el juego, el municipio tendría competencias en esta materia. Cuando hablo de moralidad también tiene competencia y cuando hablo de materia de seguridad, quien puede dudar que la seguridad edilicia tiene que ser controlada por el municipio. Cuando hablamos respecto de los controles bromatológicos con respecto a la comida que pueda expedirse dentro de un casino, no hay ninguna que la competencia también es municipal.
-¿Constitucionalista contratado por la CET (Compañía de Entretenimiento y Turismo) ha emitido un informe contrario?
-Conozco que pueda haber opiniones distintas. Todo lo que signifique una delimitación de competencias no es un asunto tan claro pero yo sostengo este punto de vista con toda claridad: no se puede obviar la participación del municipio en el ejercicio del poder de policía porque eso significaría violar la Constitución Provincial y además se violentaría la Constitución Nacional. Así que habrá que buscar cuáles son los límites del poder de policía de la provincia en el área específica del juego y de ninguna manera limitarse el poder de policía municipal.
-¿Puede haber entonces, por razones de salubridad, limitaciones del horario de las tragamonedas?
- Yo creo que puede haber una competencia municipal en la regulación del horario.
-¿Si regula el horario, se expone el municipio a un juicio de reparación que puede ser millonario?
-Uno nunca puede saber como pueden resolver finalmente los jueces, no es un asunto tan sencillo, jamás un abogado va dar por sentado que lo que piensa va a ser efectivamente la resolución de los jueces. Lo que yo si le digo con absoluta certeza es que la letra y el espíritu tanto de la Constitución Nacional como la de la propia Constitución Provincial garantizan la autonomía municipal y garantizan un amplio marco de competencias en particular en materia de poder de policía y si esto ha sido reconocido por que va haber una limitación a la autonomía municipal.
-¿Puede el Municipio gravar el juego con más impuestos locales?
- Al ejercitar el poder de policía, usted puede acompañar también el tema con una cuestión de tipo tributario. Esto también puede ser motivo de análisis y estudio. Es evidente que todo esto va a terminar en un conflicto de tipo judicial porque seguramente la empresa concesionario va a tratar de defender la concesión con todos sus argumentos.
-¿Sería difícil entonces que la Municipalidad pueda impedir el total funcionamiento del casino y los slots?
- Eso ya me parece más complejo y debiera analizarlo el Poder Judicial en lo que podría ser un conflicto muy grande, porque estamos hablando de un litigio más profundo, más serio. Sería para un debate profundo de competencias que debiera finalmente resolverlo el Tribunal Superior de Justicia.
-¿Muchos piensan que la ley del juego es inconstitucional dado que no trata como iguales a los cordobeses, al establecer una zona de exclusión hasta 20 km . del centro de Córdoba?
- Yo creo que es un buen razonamiento. Yo creo que acá ha habido un evidente exceso del Poder Legislativo en torno a esta cuestión del juego porque es un tema que evidentemente necesita mucho mayor análisis en Córdoba porque esto tiene implicancias de todo tipo. No hay ninguna duda que ha habido una profusión del juego que yo personalmente lo considero muy negativo para los valores que necesita una sociedad como la cordobesa.
-¿Preocupa que el Estado aparezca cómo subordinado a los intereses de una empresa?
- Por eso soy abogado defensor de las autonomías municipales y naturalmente de una amplio respaldo del ejercicio del poder de policía de un gobierno local. Hace tiempo que en la Argentina no tenemos una buena aplicación de los principios constitucionales y sobre todo de las autonomías de los estados locales. En Córdoba hemos tenido retrocesos en esta materia y yo espero que los municipios, en una celosa defensa de sus competencias, las ejerciten y si hay conflicto recurran a la Justicia para hacer valer sus derechos.
Fuente: telediario

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