España - Uno de los negocios que más rápido crece en España en plena crisis está, sorprendentemente, sin regular. Se trata del juego online, una modalidad de apuestas rápidas y cómodas que hace furor entre los españoles y de cuyos ingresos el Estado español no ve ni un solo euro. Y no hablamos de calderilla, precisamente. Según las previsiones de Aedapi, la patronal del sector, el juego en la red moverá 1.200 millones en 2008.
Esta situación, sin embargo, parece tener los días contados. Según una disposición publicada en el Boletín Oficial de Estado, el Gobierno debe presentar un proyecto de ley, en un plazo no fijado, que «regule las actividades de juegos y apuestas, en particular las realizadas a través de sistemas interactivos basados en comunicaciones electrónicas».
Por el momento, ya se han reunido el representante del Ministerio del Interior y de las comunidades autónomas con la Comisión sectorial del Juego, Loterías y Apuestas del Estado, la Agencia Tributaria y la secretaría de Estado de la Sociedad de la Información, aunque la complejidad de la materia a regular y, sobre todo la práctica inexistencia de antecedentes hacen sospechar que el proceso será largo y difícil, que no estará exento de polémica.
Pero, ¿bajo qué supervisión actuan hoy en día los casinos online? ¿Cuál es la regulación española en este sentido? La respuesta no es clara ni sencilla. Actualmente, hay un fuerte debate sobre la situación legal del juego y las apuestas por internet en nuestro país. Por un lado, hay quien defiende que el sector se encuentra en una posición alegal, es decir, que no cuenta con las características establecidas para ser legal pero que estrictamente no burla la legislación vigente, por lo que se permite sin ser castigada.
En el lado contrario está quien asegura que la legislación española acerca más a estas actividades a la ilegalidad que a la ausencia de ley puesto que realmente no se contempla como una actividad permitida. Los defensores de esta tesis basan su argumento en que sólo son legales las actividades que se citen en el Catálogo de Juegos y Apuestas. Se ha llegado incluso a hablar de que estas compañías podrían estar incurriendo en un delito de contrabando, arguyendo la Ley Orgánica que regula este delito y que cita así: «se entiende prohibida la circulación, comercio, tenencia o producción de billetes, boletos, sellos, cartones, resguardos, máquinas o cualquier otro elemento, incluso técnico o informático, que constituya soporte en la práctica de juegos de azar, sorteos, loterías, apuestas y quinielas».
En nuestro país, las competencias del juego las ostentan las comunidades autónomas, que la heredaron del Ministerio de Interior, y ninguna de ellas ha regulado hasta la fecha las actividades por internet.
La excepción es la Comunidad de Madrid, que ha puesto negro sobre blanco una normativa clara para las apuestas por internet.
Fuente: abc
lunes, 22 de septiembre de 2008
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