jueves, 24 de julio de 2008

Creadores del software del Kino recibirán más $500 millones de indemnización

Chile - Pese a que se había fallado en primera instancia una indemnización superior a los $1.000 millones, el último paso judicial dado hoy, otorga a los creadores del software computacional del juego de azar una indemnización por sobre los $500 millones.
La Corte Suprema rechazó hoy los recursos de casación interpuestos por dos personas creadores del software computacional del juego de azar Kino, en contra de la Lotería de Concepción y la empresa Serigráfica Chilena, por el uso sin autorización del programa computacional y por la que solicitaban una compensación de más de mil millones de pesos.
No obstante, en fallo unánime, la Primera Sala del máximo tribunal ratificó el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago, que ordenó a la administradora de juegos de azar a cancelar la suma de $567.480.172 más intereses y reajustes como indemnización por lucro cesante por el uso sin autorización del software del juego Kino entre el 1 de octubre del año 1992 y el 12 de mayo de 1994.
Miguel Sfeir Youniec y Jorge Cardemil, son los creadores del softaware computacional de Kino, y tenían un contrato de arriendo con la Lotería de Concepción por el mencionado programa.
Sin embargo su vinculación contractual terminó y la empresa siguió explotando el software por lo que se presentó un juicio ante los tribunales civiles por indemnización de perjuicios.
En primera instancia, el 17 juzgado civil de Santiago había ordenado el pago de $1.489.164.021, más reajustes e intereses por conceptos de daño patrimonial, daño moral y lucro cesante.
Sin embargo la Corte de Apelaciones de Santiago, rebajó el monto al descartar los dos primeros conceptos.
Ambas partes recurrieron de casación a la Corte Suprema que a fallo pronunciado por los ministros Milton Juica, Sergio Muñoz, Margarita Herreros, Juan Araya y el abogado integrante, Oscar Herrera, rechazaron los recursos presentados contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago.
Fuente: invertia

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