España - Canarias - Técnicos, trabajadores y pequeños empresarios del puerto de La Luz y de Las Palmas rechazan el traslado del Casino Las Palmas, actualmente en el hotel Santa Catalina, a la antigua estación del jet foil en el muelle de Santa Catalina.
En una carta -en la que mencionan su temor a que se hagan públicos sus nombres por posibles represalias de la Autoridad Portuaria- explican que mientras en puertos de nuestro entorno como Funchal (Madeira) o Santa Cruz de Tenerife hacen una apuesta decidida por el turismo de buques de cruceros, Las Palmas de Gran Canaria deja escapar una oportunidad al destinar un edificio en la zona portuaria a un negocio que, dicen, bien puede tener cabida en otras localizaciones.
Mientras los portugueses, explican, acaban de convocar un concurso internacional de arquitectura para su futura estación marítima de cruceros, y los tinerfeños empezarán en breve con la construcción del proyecto diseñado por Herzog & de Meuron, la solución de la capital grancanaria para ganar la partida a estos puertos competidores no sería más costosa que la inversión necesaria en una adecuada remodelación del edificio de la antigua estación del jet foil.
De otra parte, muestran su perplejidad porque la propuesta del concesionario del Casino de Las Palmas de Gran Canaria cuente con el beneplácito del Ayuntamiento y de los responsables del Puerto cuando ambas administraciones están, a su vez, de acuerdo, en la necesidad de convocar un concurso de ideas para el litoral urbano. Apuntan los pequeños empresarios portuarios que en este caso se contradice la voluntad de reflexión conjunta y debate que propone el concurso.
"Decidir previamente actuaciones tan potentes en áreas tan sensibles por mero oportunismo se llama popularmente colocar la carreta delante de los bueyes".
Por último, los firmantes recuerdan que la instalación en el muelle de Santa Catalina de este tipo de actividades requeriría, según la ley, de la elaboración del un Plan Territorial Especial que en ningún caso estaría asumido por el Plan de Utilización de los Espacios Portuarios al tratarse de una actividad complementaria, que tanto puede instalarse dentro como fuera del recinto portuario.
Recuerdan que desde la Ley 48/2003 los condicionantes para instalaciones de servicios no portuarios se han visto incrementadas y su posible habilitación se vincularía, en cualquier caso, con encontrase el suelo portuario donde se ubicara en circunstancias de obsolescencia o hubiera perdido funcionalidad o idoneidad técnica, y siempre que no perjudicara el desarrollo futuro del Puerto y el tráfico portuario.
Fuente: Las Provincias
martes, 26 de febrero de 2008
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