viernes, 7 de noviembre de 2008

Se aprueba Reglamento para Madrid

España - El TSJ respalda la organización y control del juego en línea en España.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TJD) confirmo, la semana pasada, el Decreto 106/06 mediante el cual se aprueba el Reglamento de Apuestas de la Comunidad Autónoma de Madrid (CAM), el primero en desarrollarse en España para esta clase de juegos y locales, indicando que las dudas sobre la viabilidad del juego online se resolverán con el aporte de los operadores.
El control de la regulación y explotación del juego en Madrid esta a cargo de la CAM, y la aprobación del Reglamento para apuestas seria el formato a seguir por el resto de comunidades autónomas. Si bien es cierto que el País Vasco también ha aprobado una norma, el desarrollo de la CAM es el primero en ejecutarse y plantea un ejemplo liberalizador a las demás regiones.
Con la aprobación del Reglamento, el TSJ de Madrid desestima en una sentencia del pasado 17 de septiembre por el cual el recurso de la Federación Nacional de Operadores de Máquinas Recreativas y de Azar (Femara) se sustentaba en la ausencia de control en el Reglamento de la CAM sobre la admisión en los locales, y en la falta de garantías sobre el cumplimiento del mandato constitucional por el cual sólo se pueden ofrecer apuestas a residentes en Madrid, cuestionando la extensión de dichas actividades a empresas de juegos en línea, a futuro.
Con este criterio, el TSJ de Madrid confirma que el Reglamento es correcto y que le compete a la Administración revisar oportunamente a las empresas que ofrecen sistemas con acceso limitado a los residentes en la CAM: “Esa incertidumbre acerca de la viabilidad del control del ámbito territorial del juego no tiene virtualidad anulatoria hasta tanto no se disciplinen esos sistemas técnicos de control, sin que, por tanto y hasta que no queden éstos perfectamente definidos y con capacidad suficiente para garantizar los límites competenciales de la Comunidad, pueda tener efectividad la presión normativa aquí cuestionada”.
Fuente: casinocompendium

No hay comentarios.: