miércoles, 3 de octubre de 2007

Tres compañías ya tramitan la apertura de las primeras casas de apuestas en Madrid

España - Tres compañías dedicadas al juego - Codere Apuestas, Cirsa Ladbrokes e Intralot Iberia - han sido las primeras en solicitar autorización a la Comunidad de Madrid para abrir las primeras casas de apuestas en la capital. La intención de estas empresas, en cuanto reciban autorización del Ejecutivo regional, es instalar negocios de juego a imagen y semejanza de las casas de apuestas londinenses.
Estas tres compañías serán las pioneras pero no las únicas, ya que según se ha podido saber, otro gigante de este negocio, Bwin Interactive, ya se ha inscripto en el registro del juego de la Comunidad para iniciar los trámites que le permitan desarrollar su actividad en Madrid.
Fue en el mes de diciembre del pasado año cuando el Gobierno autonómico aprobó el Reglamento de Apuestas de Madrid. La región se convertía así en una de las primeras autonomías españolas en poner en marcha esta iniciativa, junto con el País Vasco.
El objetivo que persigue esta nueva normativa es dar seguridad jurídica y transparencia a todos los ciudadanos que quieran practicar este tipo de actividad. El Reglamento incluye las apuestas sobre acontecimientos deportivos, de competición o de otro carácter previamente determinado, que podrán realizarse en los nuevos locales específicos autorizados para ello, en los actuales establecimientos de juego (bingos, casinos y salones de juego), en zonas habilitadas en los recintos deportivos donde se celebren los acontecimientos objeto de la apuesta o a través de medios telemáticos.
Estas tres compañías podrían recibir en el plazo de un mes o dos la autorización para abrir sus negocios en Madrid. Desde entonces, podrán ofrecer apuestas desde un euro, o fracción en las apuestas combinadas, sobre acontecimientos deportivos (ligas de fútbol o baloncesto, balonmano, ciclismo, Juegos Olímpicos, etc.) o sobre cualquier otro tipo de evento de resultado incierto.
La organización y comercialización de las apuestas requerirá autorización administrativa que se concederá por periodos renovables de cinco años, siempre y cuando se cumplan los requisitos fijados por la Administración regional.
El Reglamento de la Comunidad de Madrid recoge la posibilidad de realizar apuestas a través de medios o sistemas informáticos, interactivos o de comunicación a distancia, tales como Internet o telefonía.
Las empresas autorizadas deberán establecer un procedimiento para la formalización de las apuestas en condiciones de seguridad y máximas garantías, de tal modo que la operativa de acceso establecerá un registro de usuarios que impida el acceso al sistema a los menores o a aquellas personas que hayan solicitado su inclusión en el registro de prohibidos de la Comunidad de Madrid.
Además, abre la puerta a que las empresas del sector del juego autorizadas por la Administración regional puedan desarrollar en Internet o telefonía móvil, los juegos recogidos en el “Catálogo de la Comunidad de Madrid” (máquinas recreativas, juegos del bingo y los permitidos en los casinos).
En cuanto a las limitaciones de las apuestas, la normativa recoge la prohibición expresa de apuestas que atenten contra los derechos y libertades fundamentales como al honor o a la propia imagen, con especial protección de la juventud y la infancia. En Madrid no estarán permitidas las apuestas que se fundamenten en eventos prohibidos o acontecimientos políticos o religiosos.
Además, se incide en la búsqueda de medidas para impedir la participación de menores, incapacitados legalmente, así como de titulares y empleados de empresas comercializadoras de las apuestas y participantes en los acontecimientos objeto de las apuestas. La prohibición afecta también a las personas incluidas en el registro de prohibidos del juego.
El Reglamento permite la publicidad controlada en los locales y zonas de apuestas, revistas especializadas, guías de ocio, páginas o espacios deportivos en cualquier medio de comunicación.
El resto del juego privado podrá realizar publicidad controlada por cualquier medio de comunicación, sobre el nombre, tipos de juegos, horario de la actividad o los servicios complementarios que ofrezca. La publicidad del juego en radio o televisión no podrá realizarse durante la emisión de programas infantiles.
Fuente: ABC Madrid (España)

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