Argentina - Río Negro - El juzgado de Faltas sancionó a la empresa Entretenimientos Patagonia puesto que al realizar la inspección se advirtió que el casino de Onelli no contaba con la habilitación correspondiente.
Desde la empresa señalaron que no habían advertido que estaba vencida. Apelaron pero el recurso fue rechazado por el ejecutivo. La Municipalidad de Bariloche multó a la Empresa Entretenimientos Patagonia por infracción a la ordenanza 678-CM-96, debido a que el Casino de Onelli estaba funcionando sin habilitación comercial, según se advirtió durante la realización de una inspección por personal de la Municipalidad.
Desde la empresa interpusieron un recurso de apelación y reconocieron que “tomamos debida cuenta que el Cartón de Habilitación de Casino Onelli se encuentra vencido al momento de la inspección. Nos sorprendió esto, ya que fue otorgado el mes de Septiembre de 2007 – y no reparamos que se otorgaba con tan escaso plazo”.
Desde el Ejecutivo rechazaron la apelación y sostuvieron que "acierta la Jueza de Faltas al sostener que alegar la propia torpeza no puede admitirse como argumento defensivo” y también señalaron que "de conformidad con lo dispuesto en el art. 20 del Código Civil, la ignorancia de las leyes no sirve de excusa, si la excepción no está expresamente autorizada por la ley”.
Además manifestaron que la empresa no articula fundamento legal que permita revisar la sentencia en crisis, ya que el Recurso intentado "debió versar sobre la crítica razonada del fallo que se pretende modificar; lo cual no ha ocurrido en los presentes en autos". Insisten desde la asesoría letrada que "es requisito necesario de los Recursos que estos contenga una crítica concreta, desarrollada y fundada de la sentencia recurrida".
Bariloche 2000
miércoles, 16 de diciembre de 2009
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