martes, 29 de diciembre de 2009

El Supremo anula el permiso de instalación del Casino de Torrevieja

España - El Tribunal Supremo (TS) ha ratificado una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) por la que se anula la autorización de la Generalitat Valenciana a la apertura del Casino Mediterráneo en Torrevieja en 2003.
Tanto para el Supremo como para el TSJCV el Casino torrevejense incumple la legislación, al situarse a menos de 60 kilómetros de otra sala de juegos; en este caso, de las ubicadas en la Región de Murcia. Esa limitación en las distancias fue derogada por el Consell de su propia legislación en 2006, lo que permitió la construcción del Casino de Alicante. En dos sentencias consecutivas este tribunal ha rechazado los recursos de casación presentados por los abogados de la Generalitat y por la empresa Casinos del Mediterráneo.
Esta resolución judicial se deriva de las acciones que en 2003 emprendieron el Casino Todmir, con sede en La Manga del Mar Menor de Murcia y representado por el despacho de abogados madrileños Santiago Martínez, y por Bingos Torrevieja basándose en que la legislación sobre actividades de juego establecía en el momento de ponerse en marcha el Casino de Torrevieja una distancia mínima entre establecimientos dedicados al juego de 60 kilómetros "del casino del que es apéndice o de cualquier otro que pudiera existir". La sede torrevejense del Casino Mediterráneo está, sin embargo, a 55 kilómetros del Casino de La Manga y a 45 kilómetros del Gran Casino de Murcia con lo que la Generalitat incumplía su propia legislación.
La autorización para instalar el Casino de Torrevieja, situado en la principal zona de ocio y comercial de la ciudad, junto a la avenida de Rosa Mazón, fue rubricada por la Conselleria de Economía, Hacienda y Ocupación de la Generalitat el 22 de octubre de 2003.
Concentraciones
La Generalitat justificó su decisión asegurando que sólo tiene competencia para autorizar salas de juego en su comunidad autónoma sin tener en cuenta otros territorios, algo que el magistrado ponente matiza asegurando que la Generalitat debería haberlo previsto en la redacción de su legislación en este ámbito y que la decisión del TSJCV vulneraba la legislación estatal y autonómica en el ámbito de actividades de juego. Sin embargo, la legislación valenciana pretendía -en 2003- que no se dieran concentraciones de casinos o salas de juegos "con independencia de la ubicación fuera o dentro de la misma provincia", matiza el magistrado del alto tribunal, Enrique Lecumberri.
La mercantil dice que ya tramita los nuevos permisos
El abogado de Casinos del Mediterráneo, Enrique Mateu, confirmó las sentencias del Supremo, aunque matizó que la legislación de 2006 derogó las limitaciones para situar las salas de juegos a una distancia mínima de 60 kilómetros, por lo que la empresa ha solicitado ya una nueva autorización, además de otra necesaria para permitir el comienzo de la actividad en Torrevieja. Una de esas autorizaciones ya está concedida por el Consell, con lo que en el caso de que las empresas recurrentes solicitaran la ejecución del fallo, algo de lo que no tienen constancia, se encontrarían con un negocio que ya ha actualizado su actividad al cambio legislativo.
El Recreativo

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