miércoles, 10 de febrero de 2010

Nuevos pliegos de Conajzar contienen medidas correctivas

Paraguay - Asunción - La nueva representación del Ministerio de Hacienda ante la Conajzar, en ejercicio desde febrero 2009, identificó tras su ingreso la falta de antecedentes de cumplimiento obrantes en dicha Comisión, de los artículos 18 y 19 de la Ley 1016/97 y adoptó las medidas correctivas necesarias.
En el artículo 18 refiere al depósito de los premios muebles cuya propiedad debe ser del organizador. Adicionalmente, establece que la transferencia de la propiedad del premio debe realizarse dentro del plazo máximo de siete días de la fecha del sorteo, sin cargo para el beneficiario.
En cuanto, el artículo 19 establece el plazo de 60 días para reclamo de los ganadores y su posterior destino a instituciones de beneficencia debidamente reconocidas ante la no presentación del ganador.
Como medida inmediata, la nueva representación introdujo específicamente el requerimiento de tales artículos en los pliegos de bases y condiciones, en resoluciones de autorización provisoria y en resoluciones de promociones por empresas solicitantes de explotación de Juegos de Azar ante Conajzar.
A fin de establecer el universo de las empresas explotadoras, adicionales a aquellas concesionarias o autorizadas por Conajzar, la nueva Administración ha solicitado la lista de empresas autorizadas para juegos electrónicos por las municipalidades, ha realizado fiscalización y ha identificado a contribuyentes registrados en el rubro juegos de azar ante la Subsecretaría de Estado de Tributación.
Como resultado del trabajo realizado, en enero 2010 ya se han iniciado los procedimientos de notificación a aquellas empresas que durante el 2009 no han dado cumplimiento a tales artículos.
La Nación

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