jueves, 3 de septiembre de 2009

Cámara de Comercio considera que no se está cumpliendo con la Ley 4108


Argentina - Río Negro - Para la Cámara de Comercio, Turismo, Industria y Producción de Viedma, la acción que se lleva adelante desde la Lotería de Río Negro en cumplimiento del “Sistema de Prevención y Tratamiento de la Ludopatía” contemplado en la Ley provincial 4108, satisface escasamente con lo indicado en dicha norma “y esquiva el espíritu que imperó en ocasión de la sanción de la ley en cuestión”.
Así lo señala la entidad al interventor en el mencionado organismo, Gonzalo Sanz Aguirre, quien ante una inquietud de la misma sobre el tema, informó sobre la tarea que ejecuta su dependencia.
Acerca de la existencia del número telefónico 0800 – 666 8242, a disponibilidad de los interesados en informarse acerca de los riesgos del juego compulsivo, la nota remitida al funcionario por la Cámara con la firma de su presidente y secretario, Hugo Reppucci y Daniel Barbieri, respectivamente, indica “que las recomendaciones que la grabación escuchada brinda son las de concurrir al Hospital Público más cercano, en caso de reconocer como propios los síntomas allí escuchados”, consignando “que no se ofrecen teléfonos y/o direcciones a donde recurrir, como usted manifiesta, sino que se indica su derivación a los Servicios de Salud Mental de Río Negro más cercanos a su localidad”.
Situación de soledad y orfandad
La institución empresaria estima que dicha metodología “no conduce a solucionar el problema, sino a poner de manifiesto la soledad y orfandad a la que se encuentran expuestas las personas que padecen de afecciones derivadas de la ludopatía”.
En consecuencia, considera que la Lotería de Río Negro “debe instrumentar las partidas presupuestarias necesarias para que aquellos hospitales ubicados en las localidades que posean establecimiento de juegos puedan crear gabinetes de apoyo dedicados, en exclusividad, a tratar enfermos de Ludopatía”. Añade que “actualmente, en algunos establecimientos sanitarios existen gabinetes para el tratamiento de adicciones, y en él se agrupan adictos al alcohol, a las drogas y a la Ludopatía y se tratan a todos en conjunto”.
Según la Cámara este procedimiento no es el adecuado y “hace que los adictos el juego concurran sólo una vez”.
Por otra parte, la Cámara de Comercio cree necesario que Lotería controle con mayor dedicación si todas las publicidades cumplen con el art. 8º de la ley 4108, por entender que en algunos casos este detalle se ha omitido. Dicho enunciado obliga a que la publicidad o promoción de las actividades o juegos de suerte o azar, efectuada por cualquier medio, debe incluir la advertencia “jugar compulsivamente es perjudicial para la salud”. Sobre esas campañas de divulgación y concientización, el organismo provincial expresó que se desarrollan mediante cartelería alusiva, conteniendo aquella leyenda, ubicada dentro de las salas de juego donde Crown Casino S.A. opera, como lo requiere el artículo 6º de la Ley 4108.
Fuente: camaradecomercio

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