
La Ley 6/1999, de 26 de marzo, modificaba a la Ley 6/1985, en la que se regulaban los Juegos y Apuestas en Canarias y donde se establecía la competencia "exclusiva" en materia de Casinos, Juegos y Apuestas, con exclusión de las Apuestas Mutuo Deportivas y Benéficas, según informó el Gobierno canario en nota de prensa.
Asimismo, se pretende llevar a cabo esta modificación porque entre las situaciones que "no" se contemplan en la legislación vigente están, entre otras, la aparición de nuevos canales para la práctica de los juegos y apuestas que afectan directamente al sector, así como los "indeseados" efectos que se podrían derivar como consecuencia de la estimación, en determinados casos, de "todas las solicitudes no resueltas y notificadas" en plazo como la adquisición por los solicitantes de facultades o derechos que carecen de los requisitos "esenciales" para su adquisición.
Por otro lado, el Gobierno de Canarias también ha contemplado la reducción, "por no decir casi inexistente", de la actividad de los locales de apuestas externas, al proceder estas de las carreras de caballos, de las de galgos o del juego del frontón, actividades que prácticamente tienen una "nula implantación" en Canarias.
En este sentido, reconoció la necesidad de reformar determinados aspectos del régimen sancionador, "insuficientemente" regulados, así como la de establecer el concurso público como procedimiento para la concesión de la autorización de instalación, con el objetivo de garantizar la libre concurrencia, el interés público y la objetividad en la adjudicación de las correspondientes autorizaciones, por el aumento de la competitividad entre las empresas del sector.
Fuente: eldía.es
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